Modelo específico para los estados financieros bajo NIIF

Cuando los bancos o las entidades de control rechazan los estados financieros de las empresas, porque no están preparados bajo NIIF, ¿a qué se refieren?; ¿existe un modelo o plantilla para elaborar los estados financieros según las NIIF?

Esta pregunta llega con frecuencia. Es importante comprender que el estándar internacional contiene los criterios de presentación que deben ser considerados a la hora de elaborar los estados financieros bajo NIIF, pero no presenta un formato específico.

La NIC 1 nos aclara al respecto:

Esta Norma no prescribe ni el orden ni el formato en que una entidad presentará las partidas. El párrafo 54 simplemente enumera partidas que son lo suficientemente diferentes, en su naturaleza o función, como para justificar su presentación por separado en el estado de situación financiera (Párrafo 57 NIC 1)

El formato lo define cada entidad

Cada entidad debe hacer uso del juicio profesional, para diseñar el formato y el orden de las partidas. Es importante tener en cuenta el principio de uniformidad, necesario para que la información sea comparable y útil para la toma de decisiones.

Lo anterior implica, que, si definimos un formato y orden específico para las partidas, lo debemos conservar a través del tiempo. Si en algún momento cambiamos el formato y el orden en el que presentamos la información, este asunto lo debemos tratar como un cambio en política contable; es decir, de forma retroactiva, para no perder la uniformidad y comparabilidad de las cifras.

Lo que sí define el estándar

Las NIIF definen varios criterios de presentación que deben ser considerados al elaborar estados financieros bajo NIIF, independientemente del formato que decidamos usar.

Algunos ejemplos son:

La información mínima que debe contener para identificar plenamente el estado financiero y la entidad reportaste. (Ver Párrafo 51 NIC 1)

El tipo y la denominación de las partidas que deben presentarse por separado (Ver

Párrafo 54 NIC 1)

Cuando se permite incluir partidas, encabezados y subtotales adicionales (Ver Párrafo 55

NIC 1)

Clasificación de las partidas (Ver Párrafo 56 NIC 1)

Entre otros criterios.

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